El trámite de «Supervivivencia», requerido por la ANSES, dejó de ser un requisito para más de 3,2 millones de jubilados.
Fe de vida para jubilados y pensionados
Se trata de una norma que debían realizar periódicamente para que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) certifique la supervivencia del jubilado o pensionado.
Eliminación de la fe de vida
El texto de la ley, consta de cinco artículos claves que marcan un hito en la seguridad social del país, tales como:
A partir de la promulgación de la ley, los beneficiarios de jubilaciones y pensiones de ANSES quedan eximidos de presentar la declaración de supervivencia o fe de vida. Además, se deja sin efecto cualquier otro trámite complementario con el mismo propósito, poniendo fin a la obligación de demostrar su subsistencia como condición para el cobro de sus haberes y prestaciones previsionales.
Las entidades bancarias encargadas de efectuar los pagos de jubilaciones y pensiones «tendrán la obligación de rendir como impagos los fondos abonados con posterioridad a la fecha de fallecimiento del titular del beneficio, evitando así pagos indebidos«.
Esta legislación recibió un amplio apoyo tanto por el oficialismo como por la oposición, destacándose su carácter inclusivo y el reconocimiento de la importancia de proteger a los sectores más vulnerables de la sociedad.
Fuente: Ámbito





