Lawfare

Vacíos peligrosos en fallo con sabor a poco

Los fundamentos rellenan los espacios vacíos para apuntalar jurídicamente la dirección que se imprimió a la decisión inicial. En la práctica, es poner el moño para que el paquete lo reciba otro tribunal -Casación- cada vez más gravitante como árbitro.

El resultado del juicio es un clásico producto de Comodoro Py. Su versatilidad y su chance de ser maleable (a futuro) son sus características constitutivas, en juicios que tienen un alto componente político. Los fundamentos, además de inevitables como paso cúlmine del proceso, no pueden asombrar. Son la argamasa que genera el esqueleto para justificar la verdadera decisión que se tomó meses atrás cuando se dispuso la pena, se definió el delito por el cual se condenaría y se agregó la consiguiente inhabilitación que conlleva la presunta comprobación de delitos contra la administración pública. Por lo demás, y similar a lo que fue el alegato, los fundamentos rellenan los espacios vacíos para apuntalar jurídicamente la dirección que se imprimió a la decisión inicial. En la práctica, es poner el moño para que el paquete lo reciba otro tribunal -Casación- cada vez más gravitante como árbitro, incluso, entre los propios jueces, y en los casos penales de alta repercusión, con mayor poder de maniobra que la propia Corte Suprema.

Despejado el sesgo de confirmación ante la publicación de estos fundamentos desde ambos bandos en pugna, surge un interrogante de índole técnico: ¿Alcanza, de cara a la sociedad con “no saber a ciencia cierta” la cantidad de delitos cometidos ni el monto exacto del perjuicio al Estado, y apoyarse en prueba indiciaria de otros expedientes (algunos no juzgados y que podrían derivar en absoluciones) para condenar a quien fue dos veces presidenta y es vice en ejercicio? ¿No sería indispensable que se hubiesen agotado todas las instancias probatorias para tener por plenamente acreditado y con prueba directa la participación de Cristina de Kirchner en los delitos endilgados por el que se solicitó pena de prisión e imposibilidad de participar en elecciones? La gravitación institucional de lo que se discute excede a los personajes y a sus seguidores o a la coyuntura política particular del momento en el que se realizan los juicios. No puede dejar ni la más mínima hendija de duda porque -proponiéndoselo o no- implica agrietar los pilotes sobre los que se apoya la seguridad jurídica de un país. Si el “dolo” de un delito es la firma de un decreto que actuó como un “Caballo de Troya” para una amplia variedad de irregularidades, ¿qué impediría que a futuro se aplicara la misma fórmula para acusar a cualquiera que lo dicte? ¿Es factible que mensajes de terceros haciendo alusión indirecta a una persona confirmen la participación de alguien en un delito sin siquiera tener acreditado que lo que se dice en esos mensajes haya realmente ocurrido? Así enunciado, constituye una práctica republicanamente peligrosa porque es un molde que se puede rellenarse a voluntad.

El problema no es que los kirchneristas consideren una persecución el fallo, sino que los propios integrantes del tribunal dejan plasmadas cómo tuvieron que maniobrar con altas dosis de literatura para salvar una instrucción que fue defectuosa e incompleta, un alegato de la fiscalía que planteó como punto de partida una asociación ilícita sin haberla mínimamente probado y, entre lo más curioso, un parche con cálculos artesanales sobre un peritaje oficial cuyos resultados eran contradictorios y su metodología endeble. ¿No se supone que los expertos son traídos a un juicio para que sus conclusiones tengan una base técnica con un piso indubitable? ¿No hay en Argentina especialistas que puedan realizar un estudio fiable sobre las particularidades de la construcción de obras viales según las distintas geografías y cálculos de materiales? Se estaba juzgando nada menos que las irregularidades en 51 licitaciones, de las cuales se peritaron 3 y se descartaron sus conclusiones reemplazandolas por las elaboradas en tribunales. ¿Se puede decir, entonces, que las 51 obras tuvieron irregularidades concretas y cuáles fueron si solo se tomó una muestra mínima o se lo infiere?

De las tres toneladas de pruebas que había en el expediente, a la acusación del juicio parece salvarla la inclusión en la última audiencia del teléfono de José López y todo el papeleo que llegó de otros casos en trámite. Es como armar un rompecabezas solo con los bordes y describir con seguridad los detalles de la figura que representa.

Fuente: Ámbito